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FERIADOS DEL AÑO 2006 EN LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
El corrimiento de las fechas oficiales conmemorativas
está supeditado en algunos casos a las legislaciones vigentes,
más allá de que estas reglamentaciones operen en detrimento
de las expectativas de los operadores turísticos de la
ciudad.
El vicepresidente del EMTUR, Angel Díaz, informó acerca
de cuáles son los feriados inamovibles, qué días son movibles
y cuáles son las legislaciones que los amparan por caso.
Con relación a los feriados inamovibles, comentó que están
regidos por la Ley 21.329, excepto el 8 de diciembre,
incorporado por la Ley 24.445.
Según la programación 2006, las fechas que no estarán
sujetas a ningún tipo de modificaciones son las siguientes:
* domingo 1° de enero (Año Nuevo)
* domingo 2 de abril (Día de conmemoración de la Gesta
de Malvinas)
* 14 de abril (Viernes Santo Festividad Cristiana)
* lunes 1° de mayo (Día del Trabajador)
* jueves 25 de mayo ( Primer Gobierno Patrio)
* domingo 9 de julio (Día de la Independencia)
* viernes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de María)
* lunes 25 de diciembre (Navidad)
Cabe señalar que desde hace más de un año se ha legislado
que el 2 de abril pertenezca a la nómina de los feriados
inamovibles, por tratarse de un hecho histórico sin igual
(ver aparte-).
Feriados trasladables
A continuación se detallará la nómina de las fechas conmemorativas
que serán trasladadas a otros días para facilitar la industria
de promoción turística.
El día 20 de junio, en el que se conmemora el
paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano, se
recordará el lunes 19 de ese mes, para darle una mayor
proyección al fin de semana.
El 17 de agosto, día en el que se cumple un nuevo
aniversario del fallecimiento del General Don José de
San Martín se correrá al 21 de agosto.
El día de la Raza será movido al lunes 16 de
octubre, completando de este modo la serie de feriados
con posibilidad de cambios.
Cabe señalar que en este último caso, que se rige por
Ley 23.555, los 1° de octubre que coincidan en martes
y miércoles se trasladan al lunes anterior, mientras
que las que coinciden en jueves y viernes se transfieren
al lunes posterior.
Los feriados nacionales del 20 de junio y del 17 de
agosto, que están reglados por la ley, se trasladan al
tercer lunes del mes respectivo.
Fuente: La Capital
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